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Nombre de la entidad sancionada: Stea Technologies, S.L.
Hechos: Tras recivir reiteradas veces publicidad no deseada sin poder dar de baja los envíos, el denunciante ha manifestado una denuncia diciendo que "en ningún momento se autorizó o solicitó a los remitentes de los envíos denunciados, el envío de correos publicitarios de ningún tipo." y "Que en ningún momento se mantuvo ningún tipo de relación contractual con los remitentes de los envíos denunciados. ni antes ni después de proceder a la denuncia.", añadiendo "Que en ningún momento se realizó suscripción de ningún tipo de video-chats o páginas webs de las presentadas en los envíos denunciados".
Sanción: Multa de 30.001 euro por una infracción del artículo 21, apartado 1 y segundo párrafo del apartado 2, de la LSSI que disponen que "queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas".
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