Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar la usabilidad y seguridad de la página web y obtener datos estadísticos de la navegación de los usuarios. Si está de acuerdo pulse ACEPTAR o continúe navegando. Más información en Política de Cookies.
Usuario Contraseña
InternetLegalCertificadoLegislaciónCertificateWebs LegalesTiendaConsultoría LOPD
Usuario - - Acceso de usuarios
Martes - 19.Marzo.2024


Test LOPD

Una vez analizada la situación de su empresa respecto al cumplimiento de la LOPD, calcule cuanto le costaría adapatarse a la LOPD con nuestro Presupuesto online.


CUESTIONARIO CUMPLIMIENTO LOPD:

¿Dispone de ficheros en sus sistemas informáticos que incluyan datos de carácter personal relativos a personas físicas?
Si - Está obligado al cumplimiento de la LOPD
No - Su empresa no está obligada al cumplimiento de la LOPD al carecer de datos de carácter personal

¿Ha inscrito dichos ficheros, con carácter previo a su creación, en la Agencia de Protección de Datos?
Si - Usted cumple con uno de los principios básicos de la LOPD
No - De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/99 U, toda entidad, que procedan a la creación de ficheros que contengan datos de carácter personal, está obligada a notificar la creación de ficheros para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos de la AGPD.

Cuando recoge datos de carácter personal ¿se informa al interesado de la existencia de un fichero, de la finalidad de la recogida de datos o de la posibilidad de ejercer sus derechos ARCO?
Si - Usted cumple uno de los principios de la protección de datos
No - No está cumpliendo con el deber de información en la recogida de datos que establece el art. 5 de la LOPD.

¿Solicita el consentimiento de los titulares para llevar a cabo el tratamiento de datos de carácter personal?
Si - Usted cumple uno de los principios de la protección de datos
No - Según el art. 6 de la LOPD se debe contar con el consentimiento del afectado para la toma de datos de carácter personal.

¿Ha determinado por medio de contrato escrito el acceso a los datos que pueda tener cualquier empresa que le preste un servicio, por ejemplo asesoría, empresa de mantenimiento de equipos informáticos, etc.?
Si - Usted cumple con la LOPD
No - Según el art. 12 LOPD el tratamiento de datos por cuenta de terceros deberá estar regulada en un contrato que deberá constar por escrito o en alguna otra forma que permita acreditar su celebración y contenido, estableciéndose expresamente que el encargado del tratamiento únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento, que no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figure en dicho contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.

¿Dispone de un documento de seguridad donde se establezcan las medidas de seguridad aplicables a su empresa o negocio? ¿Conoce el personal de su empresa las obligaciones derivadas del contenido del documento de seguridad?
Si - Usted cumple con uno de los principios básicos de la LOPD
No - El RD 1720/2007 establece que el responsable del fichero o tratamiento elaborará un documento de seguridad que recogerá las medidas de índole técnica y organizativa acordes a la normativa de seguridad vigente que será de obligado cumplimiento para el personal con acceso a los sistemas de información.

¿Tiene su empresa un sistema de identificación de los usuarios con acceso a los datos de carácter personal?
Si - Usted cumple con las medidas de seguridad de la LOPD
No - Según el RD 1720/2007, los usuarios solo tendrán acceso a aquellos recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones. El responsable del fichero establecerá mecanismos para evitar que un usuario pueda acceder a recursos con derechos distintos de los autorizados.

¿Existe algún procedimiento para la realización de copias de respaldo? ¿Se conserva una copia de seguridad en un lugar distinto al de la ubicación de los sistemas informáticos?
Si - Usted cumple con las medidas de seguridad de la LOPD
No - Según el RD 1720/2007, para los niveles de seguridad bajo y medio, deberán establecerse procedimientos de actuación para la realización como mínimo semanal de copias de respaldo, salvo que en dicho período no se hubiera producido ninguna actualización de datos. Además para el nivel de seguridad alto deberá conservarse una copia de respaldo de los datos y de los procedimientos de recuperación de los mismos en un lugar diferente de aquel en que se encuentren los equipos informáticos que los tratan.

0 ir arriba

Solicitar Auditoria GRATIS
Estado de las auditorias
Tienda internetlegal
Consultanos tus dudas