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Sábado - 20.Abril.2024


¿Cómo puedo conseguir que eliminen mis datos de los ficheros de una empresa?

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Jesus nos hace la siguiente consulta. Trabajaba en una Farmacia. Me marché de ella y en el momento de entraga del finiquito le entregué dos copias en las que le pedía por escrito que cancelara mis datos de su fichero de clientes, el mío y el de mi familia. 7 meses después me han enviado la felicitación por el cumpleaños de mi hijo, han utilizado los datos que les dije que cancelaran. ¿Puedo denunciarles por no cancelar los datos?, ¿Qué clase de sanción tendrían?.

El derecho de cancelación permite que se supriman los datos que resulten ser inadecuados o excesivos sin perjuicio del deber de bloqueo recogido en la LOPD. El titular de los datos puede ejercitar su derecho de cancelación o rectificación mediante escrito dirigido al responsable del fichero de la entidad de que se trate.

El ejercicio del derecho de cancelación o rectificación es personalísimo, lo que significa que el titular de los datos deberá dirigirse directamente a dicha entidad, utilizando cualquier medio que permita acreditar el envío y la recogida de su solicitud, para el ejercicio de sus derechos, acompañando copia de su D.N.I.. Cuando el afectado se encuentre en situación de incapacidad o minoría de edad que le imposibilite el ejercicio personal de estos derechos, podrán ejercitarse por su representante legal, en cuyo caso será necesario que acredite tal condición.

Vd. debe dirigirse a la dirección del responsable del fichero y solicitar allí la cancelación pretendida.

Si en el plazo de 10 días no recibe contestación o ésta es insatisfactoria, puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, acompañando la documentación acreditativa de haber solicitado la cancelación de datos ante la entidad de que se trate.

Según el artículo 44 de la Ley 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, se considera una infracción leve no atender, por motivos formales, la solicitud del interesado de rectificación o cancelación de los datos personales objeto de tratamiento cuando legalmente proceda. Las infracciones leves pueden ser sancionadas con multas de 601,01 a 60.101,21 euros.
 

27/01/2011 ir arriba
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