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Miércoles - 27.Septiembre.2023


Envío de comunicaciones publicitarias

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La consulta plantea si se pueden realizar envíos publicitarios a personas y empresas que figuran en fuentes accesibles al público.

Primero de todo aclarar que si los envíos publicitarios van a realizarse mediante comunicaciones electónicas la ley que resulta de aplicación es la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.
 
Si la publicidad que se pretende enviar no tiene el carácter de comunicación electrónica podrá realizarse en todo caso a personas jurídicas, ya que como se deduce a éstas no les es aplicable la protección conferida por la LOPD.

En el caso de las personas físicas, conforme la LOPD el envio de comunicaciones publicitarias será posible en todo caso siempre y cuando los datos de las personas a quienes se remita se encuentren en fuentes accesibles al público y además el consultante deberá cumplir con el deber de información al afectado por lo que en cada comunicación comercial que dirija al interesado le informará de que sus datos han sido obtenidos de una fuente accesible al público y de la entidad de la que han sido obtenidos, de la identidad y dirección del responsable del tratamiento, y de la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, y ante quien podrá ejercitarlos.

Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, dice en el articulo 21.1  “queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas”. Esta regla admite una única excepción, prevista en el artículo 21.2 , “Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación cuando exista una relación contractual previa, siempre que el prestador hubiera obtenido de forma lícita los datos de contacto del destinatario y los empleara para el envío de comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación con el cliente”.

Además, incluso en este supuesto “En todo caso, el prestador deberá ofrecer al destinatario la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones comerciales que le dirija”.

21/09/2011 ir arriba
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