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Viernes - 19.Abril.2024


Sanción por vulneración del principio de calidad de datos

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Nombre de la entidad sancionada: M.-C. ABOGADOS

Hechos: Telefónica S.A.U suscribió con un despacho de abogados –M.C. ABOGADOS- un contrato de gestión de cobros para que dicho despacho realizase la gestión de cobros de deudas no pagadas por lo clientes de Telefónica. En dicho contrato se suscribió una cláusula expres en materia de protección de datos y confidencialidad, si bien MC. ABOGADOS, no llevó a cabo todas las cautelas necesarias en la gestión del cobro de una deuda, realizando el requerimiento de pago de deuda a una persona diferente al deudor comunicado por Telefónica. El error administrativo que alega el despacho de abogados es que ante la imposibilidad de comunicar al deudor el requerimiento, ante la dirección facilitada por Telefónica, éste realizó una búsqueda en las Páginas Blancas remitiendo el requerimiento a una persona con idéntico nombre y apellidos, no así D.N.I y dirección.

Sanción: Multa de 60.101,21 € por vulneración del principio de calidad de datos, habiéndose tenido en cuenta la ausencia de intencionalidad y de reincidencia a la hora de la aplicación de la sanción.
 

17/12/2009 ir arriba

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